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La Incertidumbre Normativa del Teletrabajo en Bolivia tras la pandemia

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Normativa del teletrabajo

En ausencia de una norma de carácter permanente, el teletrabajo no cuenta con respaldo legal para su validación contractual

Fecha publicación: 03/06/2025 - 09:00
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En 2020, durante la emergencia sanitaria por COVID-19, Bolivia incorporó formalmente el teletrabajo como modalidad laboral, a través del Decreto Supremo No. 4218, a objeto de mantener la continuidad laboral bajo condiciones de bioseguridad. De esta manera, el mencionado instrumento normativo estableció obligaciones específicas para empleadores y trabajadores, entre las cuales, se exigió que los contratos laborales establezcan esta modalidad de forma permanente o temporal. 

En 2021, la promulgación del Decreto Supremo No. 4570 delimitó la implementación del teletrabajo hasta la terminación de la pandemia. De esta manera, aunque esta norma reconocía la validez del teletrabajo, su aplicación se encontraba supeditada a la situación sanitaria excepcional, situación que ha generado confusión e incertidumbre en la etapa posterior a la pandemia.

Desde entonces, a pesar de que muchas empresas han optado por mantener el teletrabajo como parte de su dinámica organizacional, en la práctica, el Ministerio de Trabajo no reconoce esta modalidad, señalando que las disposiciones que lo regulaban estaban condicionadas al contexto de emergencia sanitaria. Por lo que el visado de este tipo de contratos no sería aplicable. 

En ausencia de una norma de carácter permanente, el teletrabajo no cuenta con respaldo legal para su validación contractual. Hasta la fecha, a diferencia de países de la región que han adaptado su normativa laboral a esta nueva realidad, Bolivia se encuentra sin una base legal sólida que brinde seguridad jurídica tanto a empleadores como a trabajadores. 

La falta de un marco legal claro también deja sin regulación aspectos como la compensación de gastos, la protección de datos personales y la preservación de condiciones laborales equitativas. De igual manera, los empleadores que buscan implementar políticas modernas y flexibles enfrentan obstáculos istrativos y legales, al no contar con certeza sobre la validez de los acuerdos firmados entre las partes, lo que, a futuro podría traducirse en conflictos frente a una potencial fiscalización por parte del Ministerio de Trabajo. 

En este contexto, es importante que exista una reforma normativa que permita institucionalizar el teletrabajo más allá de las circunstancias excepcionales que lo motivaron originalmente. 

En nuestra opinión, una regulación adecuada de esta modalidad de trabajo fomentaría la inclusión laboral, mejoraría la productividad, reduciría costos operativos, promovería el empleo en regiones alejadas y facilitaría la contratación de personal con responsabilidades familiares o condiciones de salud especiales, en cumplimiento de la normativa laboral vigente, permitiendo a Bolivia avanzar hacia la construcción de un marco normativo moderno. 

Noelia Sanjinés

Lilian Rodríguez

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